Condiciones generales
Artículo 1 – Definiciones
En estas condiciones se entenderá por:
Plazo de desistimiento: El período dentro del cual el consumidor puede hacer uso de su derecho de desistimiento.
Consumidor: La persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial y que celebra un contrato a distancia con el empresario.
Día: Día natural.
Transacción de duración determinada: Un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de suministro y/o adquisición se distribuye a lo largo del tiempo.
Soporte duradero de datos: Cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él de manera que posibilite su consulta futura y la reproducción inalterada de la información almacenada.
Derecho de desistimiento: La posibilidad para el consumidor de renunciar al contrato a distancia dentro del plazo de desistimiento.
Empresario: La persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores.
Contrato a distancia: Un contrato en el que, en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, hasta la celebración del contrato inclusive, se utiliza exclusivamente una o más técnicas de comunicación a distancia.
Técnica de comunicación a distancia: Medio que puede utilizarse para celebrar un contrato, sin que el consumidor y el empresario estén reunidos simultáneamente en el mismo lugar.
Condiciones Generales: Las presentes Condiciones Generales del empresario.
Artículo 2 – Derecho de desistimiento
El consumidor tiene derecho a desistir del contrato dentro de un plazo de desistimiento de 30 días sin necesidad de indicar los motivos. Durante el plazo de desistimiento, el consumidor tratará el producto y el embalaje con cuidado.
Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, devolverá el producto con todos los accesorios suministrados y, si es posible, en su estado original, de conformidad con las instrucciones razonables del empresario.
Artículo 3 – Aplicabilidad
Las presentes condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado y pedido realizado entre el empresario y el consumidor.
Antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia se indicará que las condiciones generales pueden consultarse en el empresario y que, a solicitud del consumidor, serán enviadas gratuitamente lo antes posible.
Si el contrato a distancia se celebra por medios electrónicos, en derogación del apartado anterior y antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de tal manera que este pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero de datos. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que, a solicitud del consumidor, serán enviadas gratuitamente por vía electrónica o por cualquier otro medio.
En el caso de que, además de las presentes condiciones generales, también sean aplicables condiciones específicas de productos o servicios, el segundo y el tercer apartado serán aplicables por analogía y el consumidor podrá, en caso de condiciones generales contradictorias, invocar siempre la disposición aplicable que le resulte más favorable.
Si una o varias disposiciones de las presentes condiciones generales fueran en algún momento total o parcialmente nulas o anuladas, el contrato y estas condiciones permanecerán vigentes en todo lo demás y la disposición correspondiente será sustituida sin demora, de común acuerdo, por una disposición que se aproxime en la mayor medida posible al propósito de la disposición original.
Las situaciones que no estén reguladas en las presentes condiciones generales deberán ser evaluadas “según el espíritu” de estas condiciones generales. Las ambigüedades sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberán interpretarse “según el espíritu” de las presentes condiciones generales.
Artículo 4 – La oferta
Si una oferta tiene una duración limitada de validez o está sujeta a condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta. La oferta no es vinculante. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.
La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada para permitir una adecuada evaluación de la oferta por parte del consumidor.
Si el empresario utiliza imágenes, estas constituyen una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores manifiestos o equivocaciones evidentes en la oferta no vinculan al empresario.
Todas las imágenes y especificaciones incluidas en la oferta son indicativas y no pueden dar lugar a indemnización por daños y perjuicios ni a la resolución del contrato.
Las imágenes de los productos constituyen una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
Cada oferta contiene información de tal naturaleza que resulta claro para el consumidor cuáles son los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta. Esto se refiere en particular a:
Los posibles gastos de envío.
La forma en que se celebrará el contrato y las acciones necesarias para ello.
La aplicabilidad o no del derecho de desistimiento.
La forma de pago, entrega y ejecución del contrato.
El plazo para la aceptación de la oferta o el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio.
El importe de la tarifa para la comunicación a distancia si los costes del uso de la técnica de comunicación a distancia se calculan sobre una base distinta de la tarifa básica regular del medio de comunicación utilizado.
Si el contrato será archivado después de su celebración y, en caso afirmativo, de qué manera podrá ser consultado por el consumidor.
La forma en que el consumidor puede verificar y, si lo desea, corregir los datos proporcionados por él en el marco del contrato antes de la celebración del mismo.
Los posibles idiomas en los que, además del neerlandés, puede celebrarse el contrato.
Los códigos de conducta a los que se ha sometido el empresario y la manera en que el consumidor puede consultar dichos códigos de conducta por vía electrónica.
La duración mínima del contrato a distancia en caso de una transacción de duración determinada.
Opcional: tallas disponibles, colores, tipo de materiales.
Artículo 5 – El contrato
El contrato se celebra, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento de la aceptación de la oferta por parte del consumidor y del cumplimiento de las condiciones establecidas para ello.
Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora por vía electrónica la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras la recepción de dicha aceptación no haya sido confirmada por el empresario, el consumidor podrá resolver el contrato.
Si el contrato se celebra por medios electrónicos, el empresario adoptará medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede efectuar pagos por vía electrónica, el empresario observará para ello las medidas de seguridad adecuadas.
El empresario podrá, dentro de los límites legales, informarse sobre si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como sobre todos los hechos y factores que sean relevantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene razones fundadas para no celebrar el contrato, tendrá derecho a rechazar motivadamente un pedido o una solicitud o a imponer condiciones especiales para su ejecución.
El empresario enviará al consumidor junto con el producto o servicio la siguiente información, por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte duradero de datos:
La dirección de visita del establecimiento del empresario donde el consumidor puede presentar reclamaciones.
Las condiciones bajo las cuales y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento.
La información sobre las garantías y el servicio existente después de la compra.
Los datos incluidos en el artículo 4, apartado 3, de las presentes condiciones, salvo que el empresario ya haya facilitado dichos datos al consumidor antes de la ejecución del contrato.
Los requisitos para la terminación del contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.
En caso de una transacción de duración determinada, la disposición del apartado anterior solo será aplicable a la primera entrega.
Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de la disponibilidad suficiente de los productos correspondientes.
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
En la compra de productos, el consumidor tiene la posibilidad de resolver el contrato sin indicar los motivos durante un período de 30 días.
Este período de reflexión comenzará el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o de un representante previamente designado por el consumidor y comunicado al empresario.
Durante el período de reflexión, el consumidor tratará el producto y el embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para poder evaluar si desea conservarlo.
Si hace uso de su derecho de desistimiento, devolverá el producto al empresario con todos los accesorios suministrados y, si es razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, de conformidad con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
Cuando el consumidor desee hacer uso de su derecho de desistimiento, estará obligado a comunicarlo al empresario dentro de los 30 días posteriores a la recepción del producto. El consumidor deberá realizar esta comunicación mediante un mensaje escrito o correo electrónico.
Después de que el consumidor haya comunicado su deseo de hacer uso de su derecho de desistimiento, el cliente deberá devolver el producto dentro de los 30 días. El consumidor deberá demostrar que los bienes suministrados han sido devueltos a tiempo, por ejemplo, mediante un comprobante de envío.
Si el cliente, una vez transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, no ha comunicado su intención de hacer uso de su derecho de desistimiento y/o no ha devuelto el producto al empresario, la compra se considerará definitiva.
Artículo 7 – Costes en caso de desistimiento
Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, los costes de devolución de los productos correrán por cuenta del consumidor.
Si el consumidor ha pagado una cantidad, el empresario reembolsará dicha cantidad lo antes posible, pero a más tardar dentro de los 30 días posteriores al desistimiento. No obstante, esto está sujeto a la condición de que el producto ya haya sido recibido de vuelta por el empresario o de que pueda presentarse una prueba concluyente de la devolución completa.
Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario puede excluir el derecho de desistimiento del consumidor para determinados productos, tal como se describe en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será válida si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta o, al menos, con suficiente antelación antes de la celebración del contrato.
La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para productos:
Que hayan sido elaborados por el empresario de acuerdo con las especificaciones del consumidor.
Que sean claramente de carácter personal.
Que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos.
Que puedan deteriorarse o caducar rápidamente.
Cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las cuales el empresario no tiene influencia.
Para periódicos y revistas sueltos.
Para soportes multimedia, grabaciones de vídeo y software informático cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
Para productos higiénicos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.